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Normas sobre régimen simplificado para Trabajadores por Cuenta Propia

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RSimplifpngCon la entrada en vigor de las nuevas normas jurídicas que modifican las obligaciones fiscales de los trabajadores por cuenta propia (TCP), para tributar bajo el régimen simplificado (RS) estos contribuyentes deben solicitarlo a la ONAT del municipio donde están inscritos, por el modelo habilitado a tales efectos, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.

Para aclarar cuáles son estos requisitos y cómo se aplica este régimen de tributación, exponemos en 15 preguntas y respuestas todo lo relacionado con su autorización e implementación.

  1. ¿Qué debe cumplirse para la solicitud y aprobación del RS?

Según disponen el Decreto Ley No.49 y la resolución No. 345 de 2021 del MFP, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No.94 del actual año el TCP

  • Tiene que haber percibido ingresos inferiores a 200 mil pesos en el año fiscal anterior.
  • No puede tener trabajadores contratados.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), para evaluar la aprobación o no del RS tendrá en cuenta, además, las relaciones comerciales del contribuyente con personas jurídicas y la ubicación geográfica de su proyecto.

  1. ¿Cuándo, de qué modo y por qué vía se solicita el régimen simplificado?

A partir del 20 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2021, los TCP que deseen tributar bajo este régimen pueden solicitarlo mediante el Modelo de solicitud de Autorización del Régimen Simplificado RC-01 C.

Este modelo puede obtenerse en la sección Descargas del Portal Tributario y por los correos electrónicos de consultas de las oficinas provinciales y municipales que aparecen en el apartado Contacto de dicha plataforma. Es posible adquirirlo también en las oficinas tributarias, donde se le copia a los interesados en memorias u otros dispositivos USB de su propiedad.

El acceso al modelo está disponible igualmente desde esta noticia: si da clic en cualquier parte donde aparezca su nombre destacado en azul, se abre automáticamente el RC-01 C y luego puede guardarlo.

Con la entrada en vigor de las nuevas normas jurídicas que modifican las obligaciones fiscales de los trabajadores por cuenta propia (TCP), para tributar bajo el régimen simplificado (RS) estos contribuyentes deben solicitarlo a la ONAT del municipio donde están inscritos, por el modelo habilitado a tales efectos, siempre que se cumplan los requisitos legales establecidos.

Para aclarar cuáles son estos requisitos y cómo se aplica este régimen de tributación, exponemos en 15 preguntas y respuestas todo lo relacionado con su autorización e implementación.

  1. ¿Qué debe cumplirse para la solicitud y aprobación del RS?

Según disponen el Decreto Ley No.49 y la resolución No. 345 de 2021 del MFP, publicada en la Gaceta Oficial Ordinaria No.94 del actual año el TCP

  • Tiene que haber percibido ingresos inferiores a 200 mil pesos en el año fiscal anterior.
  • No puede tener trabajadores contratados.

La Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), para evaluar la aprobación o no del RS tendrá en cuenta, además, las relaciones comerciales del contribuyente con personas jurídicas y la ubicación geográfica de su proyecto.

  1. ¿Cuándo, de qué modo y por qué vía se solicita el régimen simplificado?

A partir del 20 de septiembre y hasta el 31 de diciembre de 2021, los TCP que deseen tributar bajo este régimen pueden solicitarlo mediante el Modelo de solicitud de Autorización del Régimen Simplificado RC-01 C.

Este modelo puede obtenerse en la sección Descargas del Portal Tributario y por los correos electrónicos de consultas de las oficinas provinciales y municipales que aparecen en el apartado Contacto de dicha plataforma. Es posible adquirirlo también en las oficinas tributarias, donde se le copia a los interesados en memorias u otros dispositivos USB de su propiedad.

El acceso al modelo está disponible igualmente desde esta noticia: si da clic en cualquier parte donde aparezca su nombre destacado en azul, se abre automáticamente el RC-01 C y luego puede guardarlo.

  1. ¿Cómo se presenta el modelo RC-01C ante la ONAT?

La Oficina ha dispuesto que se envíe la ONAT del municipio donde está inscrito el TCP, mediante los ya mencionados correos de consultas provinciales o municipales o que se entregue personalmente mediante memorias, otros USB o en formato impreso.

  1. ¿Existe un instructivo que explica cómo llenar el RC-01 C?

Sí, se denomina Instructivo para el llenado del Modelo de Solicitud de Autorización del Régimen Simplificado RC-01C y puede obtenerse por las mismas vías.

  1. ¿Qué deben tener en cuenta los TCP al colocar los datos en el modelo RC-01C?

Primeramente que es un modelo oficial de declaración de información ante la administración tributaria y que, tal y como se advierte en el propio documento, al llenarlo el contribuyente declara bajo juramento la exactitud de los datos consignados y acepta que, si existen modificaciones en su actividad económica que invaliden cualquiera de los requisitos establecidos para el otorgamiento del régimen simplificado, la ONAT, de oficio, cancela su aprobación y le asigna el Régimen General de tributación.

Por su parte, para consignar los ingresos obtenidos en el año fiscal anterior, los TCP del régimen general tienen en cuenta los informados en la declaración jurada del año fiscal anterior y los del simplificado, los contenidos en su Registro de Ingresos y Gastos correspondiente al mismo período.

  1. ¿Qué pasará con los TCP que no soliciten el RS entre septiembre y el31 de diciembre de 2021?

Los TCP que no presenten el RC-01C entre septiembre y diciembre, pasarán al régimen general a partir de enero de 2022, pero llegada esta fecha pueden presentarlo si lo desean.

  1. ¿Cómo tributan los TCP del régimen simplificado?

Pagan cuotas consolidadas de un 20% de los ingresos obtenidos en el mes, una vez restados los 3 260.00 pesos reconocidos como mínimo exento mensual y lo aportan trimestralmente.

Ejemplo:

Se obtienen 5259 pesos al mes, primeramente, se restan los 3260 pesos. Al resultado, 1999 pesos se le calcula el 20% y el resultado 399,8 es la cuota consolidada mensual.

Si en todos los meses del trimestre se obtienen los mismos ingresos, se multiplican entonces los 399,8 pesos por 3 y el pago trimestral sería de 1199,4 pesos.

  1. ¿Los TCP del RS tienen que presentar declaración jurada (DJ) al finalizar el año fiscal?

Sí están obligados a presentarla. Aunque no tienen que hacer la liquidación adicional, que sí se les exige a los del régimen general.

  1. ¿Cuándo presentan la DJ del Impuesto sobre los Ingresos Personales los TCP del régimen simplificado?

En el año 2023, por los ingresos obtenidos por su negocio en 2022.

  1. ¿Qué pasa si el TCP del RS obtiene ingresos anuales iguales o superiores a 200 mil pesos?

Si la suma de sus ingresos anuales fuera igual o superior a 200 000.00 pesos cubanos, le corresponde realizar la liquidación y pago anual del Impuesto sobre los ingresos personales mediante la declaración jurada y pasa al régimen general de tributación.

  1. ¿Los trabajadores contratados también tienen que presentar el Modelo Solicitud de Autorización del Régimen simplificado RC-01C?

No, porque los contratados no tributarán ahora bajo ninguno de los dos regímenes mencionados, sino igual que los trabajadores asalariados y su Impuesto sobre Ingresos Personales mensual es calculado, retenido y aportado por el titular del negocio.

Estos TCP no tampoco presentan declaración jurada.

  1. ¿Cuándo se ponen en vigor las nuevas normas para los TCP?

Las normas tributarias contenidas en la Gaceta Oficial Ordinaria No. 94 se pusieron en vigor el 20 de septiembre de 2021.

  1. ¿Cuándo se actualizarán en el vector fiscal de los TCP las nuevas obligaciones?

Las obligaciones fiscales de los TCP estarán adecuadas a las nuevas legislaciones y actualizadas en el vector fiscal a partir del 1 de octubre 2021.

Los que vayan a modificar su proyecto de negocios y los que se incorporan por primeva vez, tendrán su nuevo vector a partir de que se reinscriban.

  1. ¿Por qué vías pueden obtener los TCP su vector fiscal actualizado?

El Vector Fiscal se puede obtener por todas las vías establecidas por la ONAT:

  • Descargándolo en Portal Tributario, en la sección SERVICIOS PARA CONTRIBUYENTES. Para lograrlo, la persona que desea obtenerlo deberá estar registrada o registrarse en la plataforma, siguiendo los pasos de los dos tutoriales que explican respectivamente cómo hacerlo desde el móvil o la computadora, en el apartado Descargas.
  • Por los correos de consultas de las oficinas provinciales y municipales.
  • La copia a los interesados en memorias y dispositivos USB.
  1. ¿Por cuáles otros medios pueden informarse y recibir asistencia los TCP?

Además de las vías mencionadas de las cuentas correo electronico y el portal de ciudadano, están disponibles con este fin el canal OnatdeCuba en Telegram, la página ONAT en Facebook, la cuenta institucional en Twitter y los canales de la oficina en Picta y YouTube.

Le facilitamos el contenido necesario para la comprención del contenido y facilidad del tramite

Modelo para solicitar el Regimen Simplificado

Instructivo para el llenado del modelo de cambio de regimen

Correos consultas y telefonos de provincias y municipios

 

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