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Actualización del régimen tributario para el Sector del Comercio en el año 2021

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 El Sector del Comercio y la Gastronomía, constituye uno de los principales aportadores de ingresos al Presupuesto del Estado, con un alto impacto en los presupuestos municipales, por lo que se hace necesario la realización de su aporte en el tiempo y las cuantías establecidas.

 Régimen Tributario para el Sector del Comercio

  • Impuesto sobre las Ventas.
  • Impuestos sobre los Servicios.
  • Impuesto sobre Utilidades.
  • Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.
  • Impuesto sobre Ingresos Personales-Trabajadores Estatales.
  • Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
  • Contribución a la Seguridad Social.
  • Contribución Especial a la Seguridad Social.
  • Contribución Territorial para el Desarrollo Local
  • Tasa por radicación de anuncios y propaganda comercial.
  • Rendimiento de la Inversión Estatal.

 Bases legales

  • Ley No. 113 de 2012 del Sistema Tributario.
  • Decreto # 308 de 2012.
  • Ley del Presupuesto del Estado
  • Resolución # 43 de 2021 Impuesto sobre las Ventas por la comercialización minorista.
  • Resolución # 310 de 2020 Gaceta Oficial 70. Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre Ingresos Personales.
  • Resolución # 124 del 2021, Relaciones Financieras, Rendimiento de Inversión Estatal y dividendos

El Impuesto sobre las Ventas establecido en la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, se aporta dentro de los veinte (20) días naturales siguientes al cierre del mes en que se efectuaron las ventas, en las oficinas bancarias correspondientes al domicilio fiscal del sujeto, ingresándose al Fisco por los párrafos, del vigente Clasificador de Recursos Financieros del Presupuesto del Estado.

La Ley 137 “del Presupuesto del Estado para el año 2021”, del 17 de diciembre de 2020, dispone en sus artículos 78 y 86, gravar en el año 2021 con los impuestos sobre las Ventas y los Servicios a las personas jurídicas, por la comercialización minorista de bienes y la prestación de servicios a la población, aplicando un tipo impositivo del diez por ciento (10%), la norma complementaria de la Ley del presupuesto del Estado es la Resolucion No 43 de 2021 del Ministerio  de Finanzas y Precios

Las empresas subordinadas a los grupos empresariales de Comercio y Gastronomía están obligadas al pago del Impuesto sobre utilidades con independencia a su forma de organización o régimen de propiedad. Pagan el tributo aplicando un tipo impositivo del 35% sobre la utilidad imponible, dentro de los 15 primero días hábiles posteriores al cierre de cada trimestre. A fines de la determinación y pago del impuesto se obligan a la presentación anual de su Declaración Jurada dentro del trimestre siguiente a la conclusión del año fiscal.

 Las empresas subordinadas a los grupos empresariales de Comercio y Gastronomía aportan la Contribución Especial a la Seguridad Social y el Impuesto sobre los Ingresos Personales por los ingresos  tal y como lo establece la Res. No 310 del MFP.

Adjuntamos las normas relacionadas

Resolución 43 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios

Resolución 124 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios

Resolución 310 de 2020 del Ministerio de Finanzas y Precios

Ley # 137 del Presupuesto del Estado para el año 2021

 

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