En la Gaceta Oficial del 10 de Julio de 2018 se publicó que las actividades comprendidas en los Auxiliares y Conexos en el Transporte, cuyas autorizaciones se encontraban vigentes por las Direcciones de Trabajo en cada municipio, a partir de ahora, por la Resolución No. 12 del 2018 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, pasan a ser dirigidos por la Unidad Estatal de Tráfico del Ministerio del Transporte, por lo que las siguientes actividades:
- Parqueador, cuidadores de ciclos, triciclos y otros equipos automotores.
- Instructor Automovilístico.
- Gestor de pasajeros en piqueras.
Pueden presentarse en la oficina de trámites de la Unidad Estatal de Tráfico en cada municipio para actualizar su nueva documentación en plazo no mayor de 4 meses, de no actualizarse se le cancelará la Licencia otorgada por el Órgano de Trabajo.
El resto de las actividades:
- Fregador engrasador de equipos automotores.
- Reparador de equipos mecánicos y de combustión.
- Servicio de chapistería
Son analizados por el Grupo Multidisciplinario en cada municipio, valoradas las condiciones que tienen y poder prestar el servicio que solicitan para autorizar su Licencia.
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