Con el objetivo de estimular y potenciar las elaboraciones de alimentos en el país, el Ministerio de Finanzas y Precios dispuso mediante la Resolución # 247 de Septiembre de 2020, bonificar con un tipo impositivo del 5%, el pago del Impuesto sobre las Ventas, a las empresas municipales y provinciales de Comercio y Gastronomía, así como el resto de las entidades, por la comercialización minorista de las producciones de alimentos provenientes de las mini-industrias, subordinadas o atendidas por el ministro de la Agricultura, el Grupo Azucarero AZCUBA, los gobiernos provinciales y el Consejo de la Administración Municipal del municipio especial Isla de la Juventud.

La Resolución No. 310 del Ministerio de Finanzas y Precios, publicada en la Gaceta Oficial No.70 Extraordinaria de 2020, establece la aplicación del Impuesto sobre los Ingresos Personales y la Contribución Especial a la Seguridad Social de los trabajadores asalariados. Después del aumento salarial que comenzó a cobrarse en enero de 2021 los trabajadores cubanos de empresas y unidades presupuestadas pagarán uno o dos tributos en dependencia de la cuantía de las remuneraciones que perciban.

Como norma complementaria a la Ley 137 del Presupuesto del Estado para el presente año fiscal, la Resolución No. 43 de 2021 del Ministerio de Finanzas y Precios regula el tipo impositivo del 10 % del Impuesto sobre las ventas y los servicios con destino a la población, a pagar dentro de los veinte (20) días naturales siguientes al cierre del mes en que se efectuaron las ventas, incluyen el sector de la industria alimentaria, el comercio que incluyen los materiales de la construcción, comercialización de insumos agrícolas por las empresas de Comercio y Gastronomía, productos Industriales venta liberada, entre otros.

El Sector del Comercio y la Gastronomía, constituye uno de los principales aportadores de ingresos al Presupuesto del Estado, con un alto impacto en los presupuestos municipales, por lo que se hace necesario la realización de su aporte en el tiempo y las cuantías establecidas.

Régimen Tributario para el Sector del Comercio

  • Impuesto sobre las Ventas.
  • Impuestos sobre los Servicios.
  • Impuesto sobre Utilidades.
  • Impuesto por la Utilización de la Fuerza de Trabajo.
  • Impuesto sobre Ingresos Personales-Trabajadores Estatales.
  • Impuesto sobre el Transporte Terrestre.
  • Contribución a la Seguridad Social.
  • Contribución Especial a la Seguridad Social.
  • Contribución Territorial para el Desarrollo Local
  • Tasa por radicación de anuncios y propaganda comercial.
  • Rendimiento de la Inversión Estatal.

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