Durante el período por el que actualmente transita la provincia de Pinar del Río, de transmisión autóctona limitada, por la Covid-19, la Oficina Nacional de la Administración Tributaria – ONAT informa lo siguiente:

Se prorroga la realización de todos los trámites ante el Registro de Contribuyentes de la Administración Tributaria, como son las altas, bajas, traslados, actualización de datos registrales, entre otros trámites. Todo ello para minimizar los riesgos de propagación de la enfermedad.

Se aplazan hasta el 30 de Diciembre de 2020 con una bonificación del 5 % del pago de los impuestos de las personas naturales, incluyendo la presentación y pago de la Declaración Jurada de: trabajadores por cuenta propia, artistas, comunicadores sociales, o contribuyentes del sector agropecuario entre otras figuras, la cuál podrá ser depositada en los buzones habilitados en las oficinas municipales de la ONAT.

Con el objetivo de estimular y potenciar las elaboraciones de alimentos en el país, el Ministerio de Finanzas y Precios dispuso mediante la Resolución # 247 de Septiembre de 2020, bonificar con un tipo impositivo del 5%, el pago del Impuesto sobre las Ventas, a las empresas municipales y provinciales de Comercio y Gastronomía, así como el resto de las entidades, por la comercialización minorista de las producciones de alimentos provenientes de las mini-industrias, subordinadas o atendidas por el ministro de la Agricultura, el Grupo Azucarero AZCUBA, los gobiernos provinciales y el Consejo de la Administración Municipal del municipio especial Isla de la Juventud

Con el objetivo de estimular las producciones exportables y el encadenamiento productivo en función de la exportación de bienes y servicios, el Ministerio de Finanzas y Precios, puso en vigor la Resolución # 222 del 27 de agosto del 2020, la que aprobó un grupo de beneficios e incentivos fiscales dirigidos a las empresas estatales, sociedades mercantiles de capital ciento por ciento cubano, empresas mixtas, contratos de asociación económica internacional, cooperativas, trabajadores por cuenta propia y otras personas naturales autorizadas a producir bienes o prestar servicios con destino a la exportación, que incluye las exportaciones en plaza y las ventas a los usuarios o concesionarios de la Zona Especial de Desarrollo Mariel; así como para las empresas o agencias que prestan el servicio de exportación y no son productoras de los bienes o prestadoras de los servicios exportables.