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Aclaraciones sobre el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia

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Cuando el próximo siete de diciembre entren en vigor las nuevas normas jurídicas que implementan la política para el perfeccionamiento del trabajo por cuenta propia en Cuba, estarán vigentes también modificaciones al sistema de tributación.
A partir de esa fecha todos los trabajadores por cuenta propia deberán acudir a la Dirección de Trabajo de su municipio, para actualizar el ejercicio de la actividad que realizan y posteriormente, en un término de hasta 15 días, pasarán por la oficina correspondiente de la ONAT a revisar su situación fiscal y de no hacerlo podrán ser sancionados.
Recordamos que las nuevas normas no representan un incremento de la carga tributaria, sino que esta se reordena a partir de la agrupación de distintas actividades.

Aclaraciones necesarias
Las nuevas normas en vigor a partir del siete de diciembre contemplan para el pago a trabajadores contratados una base mínima, con referencia al salario medio mensual de cada territorio y el tipo impositivo es del 5 por ciento, a la que están obligados los titulares de las actividades que contraten esa fuerza de trabajo. La base para calcular este impuesto es progresiva y atendiendo a la cifra de trabajadores contratados.

Es necesario informar que los contribuyentes recibirán un vector fiscal (documento de pago) transitorio para iniciar y cumplimentar sus obligaciones, y una vez que actualicen su situación reciben uno nuevo, quedando sin efecto el anterior.
Aquellos trabajadores por cuenta propia que una vez concluido el proceso de actualización en el Registro de Contribuyentes no hayan renovado su situación se les tramitará la baja de oficio del ejercicio de la actividad que desempeñan.

Comentarios recientes:

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