Los auditores internos del Sector Educacional organizan acciones de autopreparación y con las entidades donde laboran a fin de instrumentar las modificaciones que el Consejo de Estado aprobó en el Reglamento de la Ley 107 “De la contraloría General de la República”.

La modificación más significativa en el Reglamento está relacionada con el artículo No. 30, que establece el contenido y organización del Expediente de las Acciones de Control que deben habilitar todos los sujetos de auditoría donde se incluye como elemento novedoso el resultado de los autocontroles que realizan las entidades.

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