Demanda de Fuerza de Trabajo

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Imagen1La proyección de una estructura armónica y coherente de formación de graduados de nivel superior, técnico medio y obrero calificado, precisa conocer qué necesidades tiene la economía para el desarrollo del país.

El proceso de actualización de la demanda se realiza anualmente en todas las entidades y se contempla para períodos de 10 años, lo que permite que se proyecten los planes de estudio correspondientes para los diferentes niveles de formación

La Resolución 8 de 2013 emitida por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social constituye el reglamento para la planificación de la formación y distribución de la Fuerza de Trabajo Calificada. Tanto este, como las indicaciones dictadas por el mismo organismo establecen las acciones y calendarios para el desarrollo de los procesos, planes de ingreso y ubicación laboral.

En el cumplimiento de estas indicaciones, cada entidad laboral, en dependencia con su función estatal, tiene la responsabilidad de cumplir con lo siguiente:

  1. Actualizar la existencia, demanda de fuerza de trabajo calificada, fluctuación de la fuerza de trabajo calificada ocupada, la disponibilidad de graduados, los índices de eficiencia escolar por carreras y especialidades y las capacidades docentes, para el período 2018-2026.
  2. Control al proceso de actualización de la demanda de Fuerza de Trabajo Calificada para el período 2018-2026.
  3. Plan de continuidad de estudios de los graduados de noveno grado hacia la Educación Técnica Profesional y el pre universitario. Curso escolar 2018-2019.
  4. Plan de continuidad de estudio de los graduados de doce grado que no acceden a la Educación Superior. Curso escolar 2018-2019.
  5. Plan de ingreso a la educación superior en la modalidad del Curso Regular Diurno y Curso por Encuentros.
  6. Plan de distribución de graduados de la Enseñanza Técnica Profesional.
  7. Plan de distribución de graduados de nivel superior.
  8. Tramitación de los cambios de ubicación laboral de los recién graduados de Nivel Superior y de la Enseñanza Técnica Profesional.
  9. Planificación de la formación en las escuelas de oficios y de la educación especial.
  10. Distribución de los egresados de las Escuelas de Oficios y de la Educación Especial.

Los resultados del proceso se informan a modo de despacho con los Organismos de la administración central del Estado (para los de subordinación nacional) y la Dirección Provincial de Trabajo (en el caso de las entidades de subordinación local) en ambos casos la información consolidada se envía al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Existe una intención estatal de organizar los planes de formación para que se garantice la fuerza de trabajo con la calificación requerida que potencie el desarrollo económico de cada territorio, por esto al concluir los procesos de cada año se proyectan tanto el ingreso de los jóvenes a las diferentes modalidades de estudio, así como su ubicación laboral.

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