¿Impunidad o irresponsabilidad?

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conjuntivitis pinar fpt2Por estos días es frecuente escuchar que fulano o mengana están con conjuntivitis, y cada cierto tiempo estamos acostumbrados a que aparezcan estos brotes, no tan comunes como los ataques gripales que llevan el nombre del “malo” de la novela brasileña de turno, pero tampoco es una extrañeza.

Gracias a las campañas de promoción de salud, somos entendidos en el tema de lavarnos las manos, no intercambiar objetos de uso personal, evitar el contacto directo con los infectados, en fin, precauciones que hasta cualquier niño puede enumerar con acierto.

Sin embargo, no faltan los irresponsables que salen a la calle e incluso se mantienen en el trabajo estando enfermos, propagando la enfermedad y exponiendo a personas sanas al contagio, lo cual sin duda es un acto de suma irresponsabilidad.

Constituye además una violación de la legalidad y el Código Penal en el artículo 187 contempla sanciones para quienes incurran en este hecho y cito: “El que infrinja las medidas o disposiciones dictadas por las autoridades sanitarias competentes para la prevención y control de las enfermedades trasmisibles y los programas o campañas para el control o erradicación de enfermedades o epidemias de carácter grave o peligrosas, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas o ambas.

2. En igual sanción incurre el que se niegue a colaborar con las autoridades sanitarias en los lugares del territorio nacional en que cualquier enfermedad trasmisible adquiera características epidémicas graves o en los territorios colindantes expuestos a la propagación.

3. El que maliciosamente propague o facilite la propagación de una enfermedad, incurre en sanción de privación de libertad de tres a ocho años.”

Lo doloroso es que aun sin la existencia de una penalidad, cada quien debería evitar contagiar a otros y actuar de manera responsable, evitando así prolongar el ciclo de infestación, esa sería la conducta esperada de cualquier persona con un mínimo de sentido común, pero al parecer estamos careciendo de él.

Las administraciones deben adoptar posiciones firmes con los trabajadores enfermos y exigirles el retiro del puesto laboral, socialmente también se requiere de mayor enfrentamiento, aunque es cierto que tras espejuelos oscuros escudan su padecimiento y lo mismo asisten a un centro prestador de servicios básicos que a uno de esparcimiento.

Máxime cuando nos encontramos en plena jornada de verano, debe tenerse especial cuidado con los bañistas en las piscinas, porque los indolentes asisten a las mismas.

Nos hemos acostumbrado a la impunidad, a que quienes infringen las normas, escritas o no, de la convivencia social obren a su antojo y aun cuando le nivel de enfrentamiento es mayor, todavía persisten quienes se desentienden de sus semejantes, y el respeto.

Según un precepto jurídico el desconocimiento de la ley no te exime de responsabilidad penal, hagámosla valer, porque el calor, las vacaciones, el exceso de personas en la calle y otras excusas, no justifican que personas enfermas propaguen su padecimiento.

Ante estas situaciones el Ministerio de Salud Pública crea las condiciones necesarias para el control, diagnóstico y atención de los pacientes, pero en estos momentos es esencial la responsabilidad ciudadana y el cuidado por el bienestar de otros, que en muchos casos en su propia familia la primera perjudicada. Muchos ni siquiera asisten en busca de un examen médico especializado “para que no me ingresen” y se aplican lo mismo remedios caseros que farmacéuticos según su juicio y voluntad.

Erradicar el actual brote de conjuntivitis, es un asunto de todos, y la prevención figura entre las primeras medidas a tomar, los que lamentablemente ya no pudieron evitarlo deben contribuir a detener la cadena de transmisión, es un principio elemental de humanismo.

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