
La Oficina Nacional de la Administración Tributaria (ONAT) recordó en sus redes sociales las nuevas cuantías de pago del Impuesto sobre el Transporte Terrestre, vigentes desde el 1 de enero de 2026 y de carácter obligatorio para todos los propietarios o poseedores de este tipo de bienes.
📌 Vehículos de motor – Clases:
🚗 Clase “A” (transporte de pasajeros): motos, autos hasta 8 asientos (sin conductor), ómnibus.
📦 Clase “B” (transporte de carga): camiones, autocamiones, tractores, remolques, motos de carga.
🕊️ Clase “C” (servicios especiales): humanitarios, ambulancias, funerarios.
🐴 Vehículos de tracción animal.
🏍️ VEHÍCULOS DE MOTOR – CLASE “A”
1. Motocicletas y similares para transporte de personas exclusivamente
➡ Grupo 1: 110.00
➡️ Grupo 2: 2,750.00
✅ Con carro lateral o cama adjunta
➡ Grupo 1: 150.00 | Grupo 2: 3,750.00
✅ Autos y jeeps de 1 a 5 asientos
➡ Grupo 1: 260.00 | Grupo 2: 6,500.00
✅ Autos y jeeps de 6 o más asientos, paneles y camionetas
➡ Grupo 1: 375.00 | Grupo 2: 9,375.00
✅ Microbuses, ómnibus rígidos o articulados, camiones y similares
➡ Grupo 1: 450.00 | Grupo 2: 11,250.00
🚛 VEHÍCULOS DE MOTOR – CLASE “B” (Camiones, autocamiones y arrastres)
✅ Peso bruto no exceda 1 tonelada (incluye motocicletas/motonetas de carga)
➡ Grupo 1: 150.00 | Grupo 2: 3,750.00
✅ Peso bruto > 1 hasta 2 toneladas
➡ Grupo 1: 375.00 | Grupo 2: 9,375.00
✅ Peso bruto > 2 hasta 5 toneladas
➡ Grupo 1: 450.00 | Grupo 2: 11,250.00
✅ Peso bruto > 5 hasta 10 toneladas
➡ Grupo 1: 300.00 por camión + 75.00 por tonelada o fracción
➡ Grupo 2: 7,500.00 por camión + 1,875.00 por tonelada o fracción
✅ Peso bruto > 10 hasta 40 toneladas
➡ Grupo 1: 1,000.00 por camión + 75.00 por cada tonelada o fracción
➡ Grupo 2: 25,000.00 por camión + 1,875.00 por cada tonelada o fracción
✅ Peso bruto sobrepase 40 toneladas
➡ Grupo 1: 1,000.00 pesos por camión + 100.00 por cada tonelada o fracción que exceda las 40
➡ Grupo 2: 25,000.00 pesos por camión + 2,500.00 por cada tonelada o fracción que exceda las 40
📌 Nota: Los tractores y arrastres tributarán independientemente, según el tonelaje que
representen en cada clasificación, como si fueran camiones.
📌 Nota: El peso bruto a que se refiere este apartado será el que resulte de la inspección técnica
actualizada del vehículo.
🕊️ VEHÍCULOS DE MOTOR – CLASE “C”
· Humanitarios (asilos e instituciones benéficas) ➡ Exento
· Ambulancias ➡ Exento
· Funerarios (funerarias y servicios auxiliares) ➡ Exento
🐴 VEHÍCULOS DE TRACCIÓN ANIMAL
✅ Transporte de pasajeros:
· Uso exclusivo del propietario
➡ Grupo 1: 110.00 | Grupo 2: 2,750.00
· Servicio público de transportación
➡ Grupo 1: 150.00 | Grupo 2: 3,750.00
✅ Transporte de carga (dos ruedas):
· Capacidad hasta 1 tonelada ➡ 90.00 / 2,250.00
· Capacidad > 1 a 2 toneladas ➡ 110.00 / 2,750.00
· Capacidad superior a 2 toneladas ➡ 150.00 / 3,750.00
Transporte de carga (cuatro ruedas):
· Capacidad hasta 2 toneladas ➡ 110.00 / 2,750.00
· Capacidad > 2 a 4 toneladas ➡ 150.00 / 3,750.00
· Capacidad superior a 4 toneladas ➡ 225.00 / 5,625.00
El término voluntario para el pago concluye el próximo 30 de septiembre.
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