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Es la entidad adscrita al Archivo Nacional de la República de Cuba en la que se registran los documentos que, por su interés histórico y social, independientemente del soporte físico en que estén conservados, han sido declarados de utilidad pública e interés social, y por su propia condición, se conservan de forma permanente, de acuerdo con lo establecido en el Decreto-Ley.

¿Quiénes se presentan ante el Registro del Fondo Estatal para la inscripción de documentos?
Las personas naturales o jurídicas, sean o no fuente de completamiento del Archivo Nacional de la República de Cuba, de los Archivos Históricos Provinciales y Municipales o del Archivo del Instituto de Historia de Cuba. Están obligadas a poner en conocimiento del Registro del Fondo Estatal de Archivos la tenencia o posesión de documentos de valor histórico permanente que posean, para lo cual concurren al archivo que corresponda.

¿Cómo se  estructura y organiza el Registro?
El Registro Nacional del Fondo Estatal de Archivos tiene su sede en el Archivo Nacional de la República de Cuba y cuenta con registros auxiliares en los Archivos Históricos Provinciales y Municipales. En aquellos municipios donde no exista un archivo histórico, la documentación a registrar se inscribe en el Registro Provincial correspondiente.

¿Qué  documentos son  inscribibles?
Son objeto de registro en el Fondo Estatal de Archivos:
a) Documentos cuyo contenido aporte información relevante sobre hechos y acontecimientos de carácter histórico, político, económico, social, artístico, cultural, deportivo, educacional, científico y técnico;
b) Documentos que aporten información relevante sobre la vida y actividad, pública y privada de personalidades de relevancia histórica, política, económica, social, artística, cultural, deportiva, científica y técnica.
c) Documentos que aporten información relevante sobre la estructura, organización, funcionamiento y actividades de la administración pública.
d) Documentos que aporten información relevante sobre la estructura, organización, funcionamiento y actividades de organizaciones e instituciones políticas, sociales, culturales, científicas, profesionales, empresariales y del sistema judicial.

Los documentos declarados Patrimonio Cultural de la Nación son inscriptos por el Registro de Bienes Culturales, de acuerdo con la Disposición Especial Segunda del Decreto- Ley.
La inscripción de documentos se efectuará entre el 1ro de Abril y el 31 de Agosto de 2017 y posteriormente el Archivo Histórico Provincial confirmará la inscripción en el Fondo Estatal de Archivos.

Comunícate con el Archivo Histórico Provincial de Pinar del Río por el 48752206
 o el  email Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

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